Artículo 85 Código Civil 23Abr 20201 comentario CAPÍTULO VIII. De la disolución del matrimonio El matrimonio se disuelve, sea cual fuere la forma y el tiempo de su celebración, por la muerte o la declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges y por el divorcio. Compártelo:TwitterFacebookMe gusta esto:Me gusta Cargando... Relacionado
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