El tutor está obligado a velar por el tutelado y, en particular:
1º. A procurarle alimentos.
2º. A educar al menor y procurarle una formación integral.
3º. A promover la adquisición o recuperación de la capacidad del tutelado y su mejor inserción en la sociedad.
4º. A informar al Juez anualmente sobre la situación del menor o incapacitado y rendirle cuenta anual de su administración.