NULIDAD MATRIMONIAL CANONICA
EL CONSENTIMIENTO VICIADO POR TEMOR.-
La coacción: La violencia física.-
La coacción o fuerza física, consiste en una presión material ejercida sobre los órganos de expresión con el fin de obtener del contraten te u signo afirmativo, al objeto de manifieste su asentimiento al hecho de contraer.
Como resulta evidente, la fuerza física priva de libertad al contrayente para aceptar o no el matrimonio. Ocurre otro tanto con la coacción moral supone la provocación de un vicio en el consentimiento.
También puede considerarse coacción el provocar coacción o miedo terrorífico, o causarle serias amenas que actúa de forma inmediata sobre la psiquis de quién recibe las amenazas, pues le priva de la facultad de deliberación.
Tanto la coacción como la fuerza física, cuando se realiza de manera que quien la sufre no la puede resistir, al aparecer la imposibilidad de deliberación, ocasionaría a nulidad del matrimonio.