HEREDEROS FORZOSOS Y PRELACIÓN DE LOS MISMOS.

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  • Los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • El cónyuge viudo respecto de sus hijos y descendientes del causante.
  • Descendientes
  • Ascendientes
  • Cónyuge.

Además de todo ello, El testador no puede privar a los herederos forzosos de su legítima, salvo que exista causa de desheredación.

En conclusión, la respuesta a la cuestión planteada es que al fallecimiento heredan los ascendientes y descendientes, pero habiendo descendientes únicamente estos heredarán.

Por su parte, la Jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido en numerosas sentencias que los descendientes tienen preferencia sobre los ascendientes en la sucesión intestada.

Por ejemplo, en la sentencia de 2 de febrero de 1993, el Tribunal Supremo estableció que “los descendientes son herederos forzosos, por lo que tienen derecho a la legítima, y esta es preferente a la legítima de los ascendientes.»

En la sentencia de 11 de abril de 2007, el Tribunal Supremo estableció que «los ascendientes solo tienen derecho a la herencia si no hay descendientes, ya que los descendientes tienen preferencia sobre los ascendientes

En conclusión, el Código Civil y la jurisprudencia del Tribunal Supremo establecen que los descendientes tienen preferencia sobre los ascendientes en la sucesión intestada.

Por lo tanto, si el fallecido tiene descendientes, estos heredarán de forma preferente a los ascendientes.

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